Hace unos días el diputado Gustavo Sánchez y el Senador Antonio Taveras protagonizaron una discusión vía twitter. En ella el Senador le decía al diputado que el PLD no se iban a librar de la persecución con la ley de Extinción de Dominio. Porque no se haya incluido la retroactividad y le invitaba a leer el artículo siete de la ley.
Le mandó a consultar el artículo siete de la recién aprobada ley. ¿Qué dice este artículo y cuál debe ser su lectura?
“La adquisición o disposición de bienes ilícitos, a sabiendas de su condición o debiendo presumirlo y razonablemente, constituyen negocios jurídicos contrarios al régimen constitucional. y legal de la propiedad. Por tanto, los actos y contratos que versen sobre dichos bienes son nulos y en ningún caso podrán constituir justo título. sin perjuicio de los derechos de los terceros adquirientes de buena fe”.
Consultamos a un experto en el área y la respuesta textual que nos ofreció fue la siguiente:
“Creo que el Senador Taveras no entiende el artículo. Lo que indica este artículo ya está establecido en el Código Civil, de una ilegalidad no puede surgir una legalidad. La causa lícita de los contratos, establecida en el 1108 del Código Civil nuestro tiene resuelto ese tema de la licitud de los contratos. Por lo tanto, la Ley de Extinción de Dominio no tiene ninguna novedad al respecto, ni representa una amenaza nueva para los que se han enriquecido. Nuestro ordenamiento jurídico establece la erogación de la justicia, lo que significa que un proceso penal surge de un interés determinado, del contrario no pasa nada. En otros términos, alguien tiene que querellarse, que es lo que debe hacer el Senador en caso de que sepa algo sobre alguien. Lo otro es pura manipulación cargada de ignorancia jurídica”.
En resumen, ese artículo no representa amenaza alguna y estos congresistas deberían dar mejor ejemplo a la sociedad. Están desbordando las pasiones en un populismo sin razón y eso les está haciendo caer en el ridículo en las redes.