Mayor General Carlos Antonio Fernández Onofre, Comandante General del Ejército de República Dominicana ha dado a conocer una circular respecto a los salarios devengados en esta institución.
Dicha circular, a la cuál ha tenido acceso Multimedios El Demócrata, es la número1-2023 del Ejército de la República Dominicana donde se aclara todo lo concerniente al salario que deben ganar los integrantes de este cuerpo castrense.
En el párrafo 1 dice: “esta Comandancia General tiene a bien reiterar a todos los miembros de este glorioso Ejército, lo estipulado en la ley 139-13 Orgánica de las Fuerzas Armadas en lo que respecta al especialismo.
Así mismo se les reitera las disposiciones vigentes para lo concerniente a sueldo por rango, sueldo por cargo y compensación por riesgo contenidos en el oficio número 23568, del señor Ministro de Defensa, de fecha 19 de julio del 2017, y su anexo conteniendo la aprobación por el Ministerio de Administración Pública, mediante comunicación número 007287 de fecha 17 de julio del 2017, de la escala salarial de sueldos por Rango y Cargos de los Miembros de los cuerpos castrenses, estableciendo lo siguiente:
- Que todos los miembros de las FF.AA, que presten servicios en el Ministerio de Defensa e Instituciones Militares, reciban su sueldo por Rango y sueldo por Cargo, y que adicionalmente se establezca una compensación por riesgo adicional de las FF.AA con rango de Raso y/o Marinero hasta el rango de Mayor y/o Capitán de Corbeta que presten servicios en las Unidades Operativas del Ejército, Armada y la Fuerza Aérea de República Dominicana realizando tareas de Seguridad y Defensa, apoyo a la Policía Nacional en el mantenimiento del Orden Público y Operaciones de Prevención y mitigación de riesgos en apoyo a la Comisión Nacional de Emergencias.
- El personal militar asignado para servicio de funcionarios públicos, instituciones gubernamentales y actividades fuera de los recintos militares percibirá de sus respectivas instituciones el salario correspondiente a su sueldo por rango.
Esta circular se autoriza ser leída en todos los recintos militares, con la debida aclaración de cada comandante al personal bajo su mando.